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Benidorm propone instalar mini-casinos en hoteles de "destinos turísticos"

España, adn.es.- El ayuntamiento de Benidorm ha solicitado a la Generalitat una reunión para plantear la instalación de mini-casinos en los hoteles de aquellas localidades reconocidas como "destinos turísticos", según han informado hoy fuentes municipales.

Ese planteamiento es una alternativa al borrador de decreto autonómico que "pretende autorizar las salas de juego" en los establecimientos hoteleros de la Comunitat, han dicho las mismas fuentes.

El concejal de Turismo de Benidorm, Juan Ángel Ferrer, ha alegado que Benidorm es la ciudad "con más hoteles de la Comunitat Valenciana" y ha explicado que la implantación de mini-casinos en los hoteles de la ciudad y de otros destinos turísticos sería un "reclamo" para los turistas y "puede suponer un incremento de los tributos" a ingresar por la Administración autonómica.

Ferrer ha recordado que el consistorio pidió en septiembre de 2010 a la Generalitat la posibilidad de instalar salas de juego o mini-casinos en los hoteles de la ciudad, atendiendo la petición realizada por la Asociación Empresarial Hotelera de Benidorm y la Costa Blanca, Hosbec.

Según el edil, el borrador de decreto de la Generalitat "no satisface" esa petición, ya que, al parecer, únicamente se contempla la instalación de "máquinas del grupo C" en "30 hoteles de la provincia de Valencia, 30 hoteles de la Alicante y siete de la de Castellón".

Ha indicado que, parece ser, que la elección de los establecimientos hoteleros en los que instalar estas salas y máquinas del grupo C quedaría en manos de tres empresas concesionaria, una por provincia.

También ha señalado que Benidorm considera más conveniente acotar la autorización para la instalación de salas de juegos a los hoteles de las ciudades reconocidas como "destinos turísticos" por la Ley 3/1998 de Turismo de la Comunitat Valenciana, y no de forma general.

Según la ley, los destinos turísticos son "aquellos que a lo largo de todo el año mantienen una afluencia de visitantes, pernoctando en los mismos, superior al número de personas inscritas en su padrón" y en los que "la capacidad de sus alojamientos turísticos resulte superior a la de sus viviendas de primera residencia".
 

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