Tarifas aéreas a bajo precio están con los días contados

aspecLima, (expreso.com.pe).- El perjuicio que se ocasionaría  al sector transportes, a raíz del artículo 66.7 del Código de Consumo, que establece que los consumidores del servicio de transporte pueden transferir libremente el boleto a favor de otro consumidor o postergarlo a otra fecha determinada, no podría  evitarse debido a que esta disposición no podrá ser reglamentada, ni modificada por decreto, aseveró a EXPRESO el abogado del estudio Torres y Torres Lara, Luis Miguel Guillén.

Como se sabe el ministro de Transportes, Enrique Cornejo, y especialistas aseveraron que a raíz de este artículo se generaría la eliminación de las tarifas económicas, la afectación al turismo y la posible generación de un mercado negro en el sector, por lo que aseveraron que el único camino a seguir, de ser promulgado el código, sería que el artículo sea reglamentado o la dación de un decreto.

Guillén explicó que el código es expreso con respecto cuáles son los puntos que pueden ser reglamentados en un plazo de 180 días luego de su entrada en vigencia (en 30 días), y entre estos no se considera el artículo 66.7.

“En la tercera disposición complementaria final del código se establece que el Poder Ejecutivo  sólo  podrá reglamentar el sistema de arbitraje de consumo; el registro de sanciones y infracciones; el fondo de financiamiento y difusión del derecho de los consumidores; los  procesos judiciales por intereses colectivos; y no otros puntos, como vienen señalando algunas autoridades”, indicó.

En cuanto a la dación de un decreto que corrija o modifique el artículo 66.7, Guillén aseveró que el Ejecutivo puede sacar “al caballazo” una norma reglamentaria como se dio en el caso del Libro de Reclamaciones, pero advirtió que lo malo de este tipo de reglamentación es que puede ser considerada legal hasta que no haya demandas que declaren su inconstitucionalidad.

Sabía que...

Para  Aspec el supuesto perjuicio al sector transportes se podrá evitar con el establecimiento de una medida reglamentaria que establezca la creación de un registro de las ventas de pasajes que realicen las empresas transportes.

Mirtha Trigoso

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